Alcances, ¿Cuáles fueron nuestros retos y limitaciones?

El desafío de medir la corrupción radica en la complejidad intrínseca de este fenómeno, que abarca una amplia gama de formas y manifestaciones.

La diversidad de tipos, niveles e impactos de la corrupción complica enormemente su medición, ya que no existe una única metodología o indicador que pueda capturar completamente sus efectos.

Aunque hay algunos recursos que ofrecen pistas para pensar posibles soluciones, al menos desde la perspectiva de las políticas públicas, como lo demuestra el texto "Anticorrupción, género y Feminismos: Guía para políticas públicas desde todas las diversidades" (Mexiro, 2022), los enfoques alternativos para obtener información cuantitativa sobre los impactos diferenciados de este fenómeno en diversas poblaciones son escasos.

Los estudios o mediciones de la corrupción pueden variar significativamente según el contexto, los recursos disponibles y los objetivos específicos. Por ejemplo, muchas estadísticas se basan en la percepción de la corrupción para evaluar el acceso a los servicios públicos, lo que puede sesgar los resultados dependiendo de la interpretación subjetiva de los encuestados. Los pocos datos oficiales, además, recolectados por las instituciones públicas sobre diversas formas de discriminación, como origen étnico, género, edad o condición socioeconómica, y su posible relación con actos de corrupción, agravan aún más el desafío de medir este fenómeno. Esta falta de información específica dificulta la comprensión completa de la corrupción y sus impactos diferenciales en distintas poblaciones.

Ante este panorama, uno de los principales retos al iniciar el Observatorio fue desarrollar una metodología efectiva, la cual hemos denominado Sistema de Criterios, que tiene como finalidad monitorear, evaluar y, en última instancia, certificar a nuestro objeto de estudio: las instituciones y los Sistemas Anticorrupción en su conjunto.

Debido al problema que habíamos detectado sobre la falta de información pública de dichos organismos, decidimos, en un primer momento, centrar la medición de su efectividad en su nivel de transparencia. Posteriormente, incluimos los indicadores de Perspectiva de Género y el enfoque de Derechos Humanos, con el fin de evaluar cómo los sistemas anticorrupción impactan, o no, en la calidad de vida de las personas al reducir o controlar la corrupción, especialmente en los grupos marginalizados considerados minorías.

Al incorporar estos indicadores, enfrentamos un desafío metodológico debido a que no existe un ejercicio similar en México. Al inicio, nos planteamos una pregunta formulada por Arturo Chipuli, uno de los expertos consultados: ¿puede el Derecho Internacional Anticorrupción tener el mismo peso que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos?, ¿se puede considerar que algunos de los elementos de protección de Derechos Humanos, incluidos en las convenciones anticorrupción, tendrán el mismo peso obligacional que los tratados internacionales de Derechos Humanos? Este, sin duda, fue uno de los principales desafíos que enfrentamos en esta edición del Observatorio al integrar la Perspectiva de Género y el Enfoque de Derechos Humanos en el Sistema de Criterios. Por esta razón, decidimos basarnos en dos ejes fundamentales en la información, refiriéndonos al soft law y al hard law.

El primero se deriva del desarrollo de principios y prácticas del derecho internacional que no tienen carácter vinculante, previstos en instrumentos, declaraciones, normas, directrices y recomendaciones aceptados por la mayoría de los Estados miembros. De acuerdo con el artículo 1 de nuestra Constitución, estos tratados internacionales son reconocidos y deben ser cumplidos.

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los Derechos Humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

El segundo, hard-law es aquel, por el contrario, son de cumplimiento obligatorio y su inobservancia por parte de un Estado puede ser exigida por la comunidad internacional o regional en su caso, por la vía de solución de conflictos y pueden derivar en la declaración de responsabilidad internacional de éstos en caso de inobservancia.

Otro desafío que hemos encarado es la intrincada naturaleza de los Sistemas Anticorrupción y su desconexión palpable con la sociedad. Por ello, decidimos promover movilizaciones sociales en el ámbito anticorrupción con actores no tradicionales en la materia, las cuales las hemos llevado a cabo en nuestros territorios, donde experimentamos la violencia estatal y opacidad, como la militarización del país. Es así que nos hemos aliado con diversos colectivos y organizaciones sociales para tejer reflexiones sobre cómo la corrupción vulnera nuestra dignidad más allá de las narrativas convencionales.

La toma activa de las calles, la voz en el espacio público y la colaboración con otras luchas nos han permitido tejer un entendimiento propio y adquirir conocimientos colectivos. Esta experiencia ha dado paso a la creación de la Escuela de Incidencia Feminista Anticorrupción (EIFA) desde el Sur Global, un proceso formativo a distancia que propone perspectivas epistemológicas transdisciplinares sobre la corrupción basada en saberes populares y feministas con un enfoque de Derechos Humanos, antirracista, plural y decolonial.

Debemos destacar también que uno de los principales desafíos que enfrentamos en el Observatorio es el cambio de contexto. Cuando iniciamos el proyecto, en 2018, coincidió con el inicio de la presidencia de Andrés Manuel López Obrador, quien ganó las elecciones del 1 de julio. En ese momento, albergamos la esperanza de que el cambio de gobierno, del PRI a MORENA, pudiera impulsar procesos democráticos más justos, ofrecer mayores herramientas de fiscalización de los recursos públicos y reducir los espacios de opacidad e impunidad.

Sin embargo, la realidad nos alcanzó. Tras lo que se ha llamado un triunfo landslide donde el partido opositor ganó la mayoría de las elecciones por un margen significativamente grande (Moreno, 2018), el partido Morena empezó a gobernar varios estados y a tener mayoría en el Congreso federal y locales. En las elecciones de 2021, y con las elecciones locales en años como 2022 y 2023, el partido en el poder ha ido ganando espacios en los 32 estados, llegando a tener 21 gobernadoras y gobernadores en 2023.

Con ese poder político en lo local y en lo federal, los cambios en la estrategia a largo plazo en materia anticorrupción se empezaron a desdibujar muy pronto, lo cual ha tenido un reto en el desarrollo de este Observatorio. Específicamente hemos visto que la falta de transparencia es una regla, reformas regresivas –como la de simplificación administrativa que busca eliminar al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) o la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA)-, o la falta de designaciones en instituciones claves para ir debilitando instituciones que no ha podido desaparecer porque Morena no ha podido realizar reformas constitucionales.

Así, con el tiempo, hemos comprendido que esta estrategia en materia anticorrupción, en la que solo hay una voz legítima contra la corrupción y todo lo demás está vinculado al “poder conservador” —como señala constantemente AMLO—, tiene una función principal: la instalación de un partido hegemónico en el poder.

Con este informe, buscamos generar una reflexión colectiva de la importancia de contar con instancias anticorrupción y de transparencia que no dependan del Poder Ejecutivo debido a que es un retroceso democrático. Esta iniciativa responde a la necesidad de fortalecer la autonomía e independencia de estos órganos, evitando posibles conflictos de interés o interferencias políticas que puedan comprometer su eficacia y credibilidad. Esta descentralización facilita una mayor participación de la sociedad civil en la supervisión y el control de las instituciones anticorrupción, promoviendo la rendición de cuentas y fortaleciendo la colectividad en la defensa de la integridad y la transparencia en la gestión pública.

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